Entendiendo que el derecho debe acompañar el progreso de la sociedad, consideramos esencial debatir seriamente una reforma integral del sistema judicial (y específicamente el régimen de ejecución penal) ya que es la principal herramienta que regla nuestra vida en sociedad con las garantías de un Estado de Derecho.

Ante un escenario de reclamo de la opinión pública, cegado por la estigmatización mediática, se dio inicio hace ya un tiempo a un proyecto regresivo para la reforma del actual régimen de ejecución penal argentino. El mismo ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación y ahora será tratado en comisión y sesión de la Cámara de Senadores “con urgencia” debido a presiones mediáticas y operaciones partidarias que tienden a la imposición de la “mano dura” como salida cortoplacista. El proyecto involucra modificaciones sustanciales a la ley Nº 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad. No cabe duda que el Estado debe dar una respuesta a los reclamos sociales, pero ésta nunca debe cercenar derechos adquiridos, sino por el contrario garantizarlos y ampliarlos. El proyecto significa un gran retroceso legislativo en un régimen penal últimamente signado por modificaciones coyunturales que no persiguen un horizonte estratégico. En este tipo de leyes debe darse un debate amplio que contemple a distintos sectores sociales y especialmente educativos más que de seguridad.

Otro hecho que demuestra el carácter falaz de los argumentos de esta modificación, es que en provincias pioneras como Buenos Aires, Mendoza y Santa Fe, se observa un rotundo fracaso, logrando un impacto negativo que trae aparejado problemas de multiplicación de violencia, hacinamiento y sobrepoblación en las cárceles y sobre todo reducción de la esperanza de integración de estas personas a la sociedad libre. Es importante tener en cuenta que las estadísticas son contundentes, sólo cerca del 5% de los presos federales gozan de salidas transitorias, de los cuales sólo el 0,3% no regresan como es debido, dando por tierra con el argumento mantenido en defensa del proyecto con media sanción. Argumentación falaz, que deja de lado el fin resocializador del uso del poder punitivo del Estado, y que no cuenta con sustento científico ni multidisciplinario sólido, ni encuentra justificación en regulaciones similares exitosas en otros países.

Es absolutamente irresponsable el papel de los medios al reducir la discusión a los llamados “beneficios” (por cumplimiento de requisitos legales) y el agravamiento en el otorgamiento de salidas transitorias o en el dictamen de merecimiento de libertades condicionales. Seguir esta línea implica desconocer por completo la responsabilidad del Estado sobre las falencias del sistema, continuando con recetas que evidentemente no funcionan, además de demostrar la colisiona con disposiciones de Tratados y Pactos Internacionales y de Derechos Humanos suscriptos. La debida reforma debe abordar una integralidad de cuestiones, derechos y garantías reconocidas ya desde nuestra norma superior, la Constitución Nacional.

Desde el sistema universitario se viene trabajando intensamente en programas que apuntan a garantizar el ejercicio del derecho humano a la educación y específicamente al acceso al nivel superior. Solo una experiencia ejemplar y de larga trayectoria con altos indicadores de resultado positivos, es el programa UBA XXII que tuvo inicio en el espacio del CUD (Centro Universitario de Devoto). Además de contar con un espacio universitario autónomo dentro de la cárcel y posibilitar el cursado de carreras de grado, se puede observar como consecuencia secundaria que un 85% de las personas que cursaron una carrera no reinciden en delitos una vez en libertad. Es decir que se aporta en paralelo a la reducción de hechos delictivos y a la sana convivencia social.

Son muchas Universidades las que se suman a contener institucionalmente a las personas en estos contextos, tanto provincial como federal, desde programas específicos y convenios determinados. Asimismo desde la presidencia de la FUA venimos manteniendo un trabajo constante de acciones de extensión universitaria y tutorías a compañeros estudiantes privados de su libertad en diferentes ciudades a lo largo y ancho del país. Estamos convencidos que nuestro aporte a reforzar el puente entre las personas presas y el medio libre, abona al necesario objetivo integrador de este tipo de penas contribuyendo a una sociedad con menos violencia.

La respuesta del Estado no puede ser legislar sobre más prohibiciones, agravamiento de condiciones y restricciones, sino que su función debe ser tender a integrar en la sociedad a aquellas personas que priva de su libertad ambulatoria. Debatir medidas de prevención e integración además de la importancia de un acompañamiento estatal posterior multidisciplinario, es la salida necesaria.

El sistema que planteamos debe propender al principio jurídico penal de progresividad. Entendemos que las personas privadas de la libertad deben idealmente avanzar progresivamente sobre el régimen impuesto mediante una efectiva contención multidisciplinaria de profesionales y el control judicial necesario, siempre en miras a la mayor integración. Para que esto suceda, deben diseñarse objetivos que respondan a características individuales y no a meras abstracciones repetidas y genéricas. Esta ha sido una de las principales falencias del sistema. En el caso de que esta reforma se apruebe, solo empoderará el sistema penitenciario, en lugar de los órganos jurisdiccionales.

Hoy convocamos a la sociedad toda y especialmente a los señores y señoras senadoras, a no apoyar el proyecto con media sanción y proponer una reforma integral, progresista, respetuosa de las garantías básicas, y verdaderamente innovadora que solucione los problemas observados, para poder soñar con un país cada vez más justo.